jueves, 14 de noviembre de 2013

Los Principios del Proceso.

Hoy voy a explicar los principios del proceso necesarios para que de sus frutos un pleito.
En primer lugar, hay que diferenciar entre el proceso y el procedimiento. El primero nos lleva desde la entrada de la pretensión y la contestación de las partes y la del Juez con el enjuiciamiento, la segunda nos lleva desde la pretensión hasta la satisfacción mediante una sentencia.
Dentro de los principios del proceso existen diferentes clasificaciones:

Principios inherentes a la estructura del proceso.
Estos principios son consustanciales, es decir, son necesarios para la existencia del proceso, sin ellos no existiría el proceso. Este principio tiene una dimensión constitucional, en concreto, con el derecho fundamental de tutela efectiva y las correspondientes garantías (art. 24 CE). 

Los principios son:
- Contradicción. Existe una oposición entre las partes, en la que nos encontramos el actor que interpone una demanda y el demandado que se opone a ella.
- Igualdad de armas. Las partes tienen que tener los mismos medios de ataque y defensa.
- Dispositivo. Es el poder de la disposición de la parte de la acción y del objeto procesal.

Es relevante mencionar la existencia de vinculación del Juez a la pretensión.

Principios referentes a la formación del materia fáctico: aportación e investigación.
Estos no tienen una dimensión constitucional.

Principio de aportación.- El Estado Liberal, al igual que la Administración no se introducían en la sociedad ni en la economía. El modelo judicial era el "Juez Vigilante". Las partes son las encargadas de aportar pruebas al proceso y verificarlas, con igualdad de armas.

Principio de investigación.- En el Estado Social de Derecho, el Poder Judicial se interesaba por investigar en el proceso. El modelo judicial era el "Juez Director" que se preocupaba del proceso y la aportación de los hechos. Tenía facultades idóneas para investigar el caso.

El binomio aportación-investigación indica a que sujetos (las partes o el Juez) son los encargados de la  introducción y la prueba. De forma que las partes deberán aportar las pruebas necesarias en el proceso.

- A las partes les corresponde la introducción de los hechos en proceso. Las partes son las encargadas de presentar pruebas ante el juez.
- La actividad probatoria ha de recaer exclusivamente sobre los hechos afirmados por las partes. Se suprime la Ciencia Individual del Juez, siendo las partes quiénes tengan que demostrar hechos mediante pruebas.
- La proposición y práctica de la prueba corresponde exclusivamente a las partes. Al Juez le está vedado involucrarse en los medios probatorios, sin embargo por el principio de investigación el Juez puede observar hechos probatorios.

En nuestro ordenamiento procesal, podemos observar que, salvo alguna excepción, utilizamos el principio de aportación. Incumbe a las partes los hechos en la demanda escrita y contestación. Las pruebas se practicaran a instancia de parte, el Juez acuerda de oficio que se practiquen determinadas pruebas. En el periodo probatorio las facultades del Juez son tales como retirar una prueba inútil, quitar preguntas,ordenar aclaraciones y nombrar peritos.
En cuanto al examen de oficio de los presupuestos procesales, es obligatorio distinguir el juicio ordinario de los demás procedimientos.

Principios relativos a la valoración de la prueba. Prueba Tasada y Prueba libre.
La prueba tasada tiene orígenes del antiguo Derecho Germánico y estuvo vigente durante la Edad Media. En esta prueba el Juez es sustituido por el Fiscal, quién reúne un conjunto de reglas para obtener el resultado de la prueba. Por otro lado, en la LEC 1881, predominaba esta prueba y era un sistema cerrado de los medios probatorios utilizados por las partes. Había una exigencia de norma imperativa a tener en cuenta por el Juzgador.

La prueba libre apareció a finales del s. XVII y se fue perfeccionando con el paso del tiempo. Decayó el sumario y empezó a tener gran importancia el Juicio Oral, de tal modo que se convirtió en proceso. El Juez a la hora de determinar su convicción va a tener en cuenta los hechos probados en el juicio. En la LEC 2000 existía predominio de la prueba libre, era un sistema libre de medios probatorios utilizados por las partes y la valoración del juzgador.
Derecho Procesal.

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